Vacaciones y su efecto contable.
Desde el agradable asiento tipo gamer que tengo, junto a una cálida brisa sobre 30ªC que recorre las calle de Santiago (efecto que se replica en diversas partes de esta larga y angosta franja de tierra llamada Chile), que me pega sutilmente por la ventana al costado de mi escritorio y, gracias al equipo de contenido, surgió la idea de hacer un artículo muy ad hoc para estas fechas: las amadas y esperadas vacaciones.
Pero, ¿qué escribir sobre las vacaciones si no se les puede describir? sino más bien vivirlas diría un gran amigo. Sobre todo desde la paradoja que, mientras escribo estoy en la antítesis de lo que son las vacaciones. Pero evidentemente, esto no tendría sentido si no me encontrará en este preciso momento, en este puesto de trabajo, cuestión que me llevó a considerar algunos elementos que constituyen el proceso de vacaciones y que me gustaría poder compartir con ustedes.
Vacaciones desde una perspectiva histórica.
Me gustaría comenzar realizando una aclaración: el concepto de vacaciones no es simple de analizar desde una perspectiva histórica; limitarlo a ser meramente un descanso sería una descripción simplista y poco rigurosa desde el punto de vista disciplinario de una práctica cultural, social, normativa, con alcance histórico y jurídico. Sin embargo, la intención del presente escrito es proporcionar elementos que visualicen su importancia desde diversas aristas.
Desde una perspectiva etimológica, la palabra "vacaciones" tiene su origen en el latín "Vacatio" y "Vacationis", que significa 'dispensa' y 'exención'. Este término implica, tanto el vaciamiento como la suspensión de las actividades normales. Además, tiene derivaciones como "Vacans", participio del verbo "vacare", que significa 'estar libre', 'desocupado' o 'vacante' (como un puesto de trabajo); "Vacuus", que significa 'vacío', 'desocupado' y 'libre'; y "Vacui dies", que se traduce como 'días de descanso'. Al investigar, también es posible identificar variaciones desde el ocio.
Como se puede pensar, el término "salir de vacaciones" está relacionado con una práctica realizada por las élites o grupos dirigentes de diferentes territorios en el mundo. Si realizamos un recorrido temporal más moderno, las vacaciones están vinculadas con prácticas culturales, especialmente la cultura del ocio, en la que las clases dominantes, privilegiadas o dirigentes dedicaban su tiempo libre. Esto se convierte en una característica propia de las sociedades industriales, como respuesta a la disminución gradual de la jornada laboral de las clases trabajadoras a lo largo del siglo XX.
Los conceptos de ocio y tiempo libre cobraron importancia en la Inglaterra victoriana (entre 1837 y principios de 1900) en paralelo con la incorporación de maquinaria más eficiente a las fábricas y la creación de los primeros sindicatos. De jornadas laborales a menudo superiores a las dieciocho horas diarias, con los domingos como único día libre, se transitó hacia una reducción gradual de la jornada y la obtención del sábado como día de descanso en el decenio de 1870.
La extensión y mayor accesibilidad de los medios de transporte, consecuencia de las nuevas redes ferroviarias, permitieron a los trabajadores urbanos viajar en sus recién obtenidos días libres. En la década de 1870, aparecieron en Inglaterra las primeras ofertas de vacaciones a centros recreativos en la costa, una tendencia que se extendió al resto de naciones industrializadas de Europa y Norteamérica. Este proceso se consolidó a lo largo de la primera mitad del siglo XX (te invito a leer a Marc Boyer para profundizar este tema), coincidiendo con el desarrollo del estado del bienestar, con hitos como la adopción en 1936 por la Organización Internacional del Trabajo del Convenio 52 sobre las vacaciones pagadas.
En el caso de Chile, la práctica de salir de vacaciones hacia finales del siglo XIX también era una costumbre de los grupos dirigentes eurocentristas. Durante los meses de enero y febrero, se dirigían a los balnearios del Litoral Central, como Viña del Mar, Cartagena, Papudo, Zapallar, Cachagua, Pichilemu y también, a los baños termales existentes en Chile.
Hacia principios del siglo XX y entendido como un acto asistencialista hacia los más necesitados, un grupo de miembros de la élite encabezados por Domingo Villalobos, organizó la primera colonia escolar de vacaciones en Chile en el año 1905. Inspirada en el pensamiento eugenésico, fue la primera iniciativa de este tipo en Latinoamérica y ofrecía a niños la oportunidad de pasar algunas semanas en la costa para desarrollar un sistema de salud y nutrición adecuado para sus organismos.
La llegada del automóvil y el afianzamiento de la red ferroviaria en el país, permitieron la disminución de los tiempos de viaje a los destinos. El Ferrocarril Trasandino inaugurado en abril de 1910, se convirtió en una vía de conexión entre las ciudades de Los Andes y Mendoza con el resto de Argentina, permitiendo un tránsito contínuo de turistas extranjeros (Si quieres profundizar, puedes buscar en el sitio memoria chilena temas relacionados, es una fuente excelente).
Para fomentar la visita a los destinos vacacionales, se empezó a promover el turismo. La Sociedad Nacional de Fomento del Turismo, creada en 1917, fue un organismo encargado de ello mediante la publicación de guías de viaje con datos de interés para el viajero. Desde 1927, el Estado comenzó a desarrollar la difusión turística a través de la sección de Turismo del Ministerio de Fomento, que buscaba fomentarlo mediante la capacitación, la mejora de los sistemas de transporte y la construcción de hoteles.
El impacto de la Gran Depresión (1929) y la crisis de la industria salitrera motivaron una demanda social que buscó regularizar las condiciones laborales. En este contexto, se aprobó el Código del Trabajo en 1931, bajo el mandato de Carlos Ibáñez del Campo, estableciendo el derecho legal de las vacaciones con goce de sueldo para todos los trabajadores en Chile. Todo esto se hizo bajo una concepción de salud centrada en la medicina social, con un enfoque fundamentalmente en la prevención de enfermedades (hay muchos autores nacionales e internacionales que se acercan a estos temas, te recomendo a Julio Pinto o Gabriel Salazar, Joseph Shumpeter, Edward Prescott, Eric Hobsbawm, entre otros).
Los cambios legales provocaron transformaciones en los rituales de vacaciones, tanto en los lugares de veraneo como en la moda estival. Un ejemplo de esto ocurrió en balnearios como Cartagena, donde, a partir de la década de los años '30, comenzó a recibir gradualmente a personas de sectores populares que vacacionaban por primera vez.
En esta misma época, el Estado inició una política de fomento al turismo a través de la Empresa de Ferrocarriles del Estado y en particular, con la publicación de su revista "En Viaje".
Durante la década de los años 60, se inició el boom de las vacaciones en la playa. De esta manera, el turismo nacional se instaló como una forma de vacaciones, para lo cual se creó la Dirección de Turismo y los Consejos Regionales de Turismo. De este fenómeno se hizo eco en 1966. Asimismo, en 1967 se inauguró el Aeropuerto Internacional Comodoro Arturo Merino Benítez, con el que se comenzó a fomentar el turismo de los chilenos hacia otros países. Además, en 1975 se creó el Servicio Nacional de Turismo, Sernatur, con el propósito de investigar, planificar y fomentar la actividad turística a lo largo del territorio nacional.
Hacia la década de 1980, Reñaca se transformó en el balneario predilecto de jóvenes santiaguinos y turistas argentinos, al mismo tiempo que empezaron a surgir las vacaciones en el exterior, siendo Miami y México destinos preferidos. Hoy, los destinos turísticos son nacionales e internacionales, e incluso su tiempo para poder abordarlas no queda supeditado completamente a la época de verano.
De alguna manera, el tránsito histórico nos permite identificar que, desde las demandas sociales y laborales también se desarrollan formas diversas de producción, como es la industria del entretenimiento o el turismo, pasando por elementos sindicales, de recursos humanos, gestión administrativa, médicos y sociales.
Legislación actual
Intenté abarcar de manera simple el tránsito de las vacaciones en el contexto mundial como a nivel nacional y ahora me parece importante comentar qué es lo que la legislación actual considera como vacaciones.
De acuerdo a lo que indica la Dirección del trabajo (DT), las vacaciones legales en Chile representan un período de descanso anual remunerado, al cual tienen derecho todos los trabajadores y trabajadoras con más de un año de servicio para el mismo empleador. Este derecho es completamente irrenunciable y no negociable, en pro del resguardo de la integridad física y mental del trabajador y la trabajadora. Además, se considera diferencia en las vacaciones o feriados, según como se le denomina, en la que encontramos:
- Vacaciones/feriados anuales.
- Vacaciones/feriados colectivos.
- Vacaciones/feriados progresivos.
- Vacaciones/feriados proporcionales.
Vacaciones anuales:
De acuerdo al artículo 67 del Código del Trabajo, se establece que los empleados con más de un año de servicio en una empresa tienen derecho a un feriado anual de 15 días hábiles, con su remuneración completa. Este cálculo considera la semana laboral de lunes a viernes, excluyendo los sábados. Por lo que la acumulación de días aumenta en 1,25 días por mes (1,25 x 12 = 15 días)
En zonas australes o conocidas como zonas extremas, como la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región del General Carlos Ibáñez del Campo y en la Provincia de Palena, los trabajadores gozan de 20 días hábiles según lo indicado en el inciso 3º del artículo 67 del Código del Trabajo. Por lo tanto, se acumularán 20 días de forma anual, (1.6667x12= 20 días)
Por su parte, el artículo 70 del mismo Código establece que este feriado anual deberá ser contínuo, pero el exceso sobre 10 días hábiles, se puede distribuir de común acuerdo. La DT ha sostenido que constituye un derecho cuyo otorgamiento no está sujeto a condición alguna, bastando que el trabajador cumpla el requisito de antigüedad, que para tal efecto exige la ley. De esta forma, el trabajador se encuentra facultado para solicitar que su empleador le otorgue de una sola vez los 15 días hábiles que por tal concepto establece la ley, salvo que se haya pactado la distribución del beneficio en los términos establecidos en el inciso 1º del artículo 70 del Código del Trabajo. Finalmente cabe agregar que el trabajador debe solicitar su feriado anual de la forma prevista en el Reglamento N° 969, de 1933 y actualmente vigente, esto es, por escrito, con al menos un mes de anticipación para que el empleador determine la fecha en que lo concederá, y de lo cual éste dejará testimonio en el duplicado de dicha solicitud, que quedará en poder del trabajador
(Para seguir profundizando te invito a revisar el Artículo 43 del Reglamento N° 969, de 1933; Artículo 67 y artículo 70 del Código del Trabajo; Dictamen 2093/088, de 18/05/2004; Dictamen 2474/57, de 30.06.2003).
Vacaciones colectivas:
De acuerdo al artículo 76 del Código del Trabajo, el empleador se encuentra facultado para determinar que en su empresa o en parte de ella, se proceda anualmente a su cierre por un mínimo de 15 días hábiles para que los trabajadores respectivos hagan uso del feriado en forma colectiva. La norma legal establece que en este caso debe concederse el feriado a todos los trabajadores de la empresa o sección, aun cuando individualmente no cumplan con los requisitos para tener derecho, caso en el cual se entiende que se les anticipa el beneficio con derecho a la remuneración íntegra. Es del caso señalar que, el otorgamiento del feriado colectivo es una facultad propia del empleador y por ende, éste puede determinar unilateralmente la oportunidad en que desea concederlo. No obstante lo anterior, la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo contenida en Dictamen 9.348/284 de 16.12.87, ha señalado que el empleador está facultado para otorgar feriado colectivo solamente una vez al año, razón por la cual no resulta jurídicamente procedente que disponga unilateralmente un nuevo cierre de sus establecimientos con el objeto de concederlo, habiéndolo otorgado ya en un determinado año, facultad que en cambio, podrá ejercer en cualquiera época durante el año siguiente (puedes revisar más antecedentes en el Código del Trabajo, artículo 76; Dirección del Trabajo, Dictamen 2426/62, de 05/06/2017).
Vacaciones Progresivas:
El beneficio de feriado progresivo o "vacaciones progresivas" consiste en el derecho de todo trabajador o trabajadora de sumar un día de vacaciones, por cada 3 nuevos años trabajados para su actual empleador, siempre y cuando cuente con 10 años trabajados (120 cotizaciones previsionales) para el actual o anteriores empleadores.
Por lo tanto, para tener derecho a un primer día de feriado progresivo se debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Tener la base de 10 años trabajados, con el actual o anteriores empleadores.
b) Cumplir 3 nuevos años con el actual empleador.
Los días de feriado progresivo se agregan de forma permanente al feriado anual del trabajador, incrementándose en un día cada 3 nuevos años, siempre que no cambie de empleador.
Si el trabajador cambia de empleador perderá los días de feriado progresivo y el tiempo laborado solo le servirá para completar la base de 10 años ante el nuevo empleador. Solo al cumplir 3 años de antigüedad con el nuevo empleador, volverá a tener derecho a un primer día de feriado progresivo (Puedes revisar más información en el Código del Trabajo, artículo 68; Dictamen 4551/222 de 21/07/1995).
Vacaciones proporcionales:
Las vacaciones proporcionales se refieren al derecho de los trabajadores a recibir una cantidad de días de descanso pagados, proporcional al tiempo que han laborado para un empleador en particular. Conforme a la legislación laboral chilena, se estipula que los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones pagadas por cada año de servicio completo. Sin embargo, si un trabajador no ha completado todo el año calendario de servicio, tiene derecho a una cantidad proporcional de días de vacaciones, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código del Trabajo.
Para ilustrar, si un trabajador ha prestado servicios para un empleador durante seis meses o medio año, tendría derecho a recibir la mitad de los días de vacaciones, es decir, 7,5 días hábiles de descanso remunerado. Es fundamental considerar que el cálculo de las vacaciones proporcionales se realiza en base a los días efectivamente trabajados, excluyendo los días de ausencia justificada, como aquellos asociados a licencias médicas (puedes complementar información en (Ver: Artículo 73 Código del Trabajo; Dictamen 3343/49 de 01/092014; Dictamen 799/67 de 01/03/2000; Dictamen 13/06 de 05/01/2004).
Recomendaciones
Te dejamos 5 recomendaciones generales que pueden ayudar a gestionar de manera correcta las vacaciones de los integrantes de tu empresa.
- Respetar el Derecho a Vacaciones:
Asegúrate de respetar el derecho de los trabajadores a disfrutar de sus períodos de vacaciones. Según la legislación chilena, los empleados tienen derecho a un descanso anual remunerado equivalente a quince días hábiles, con un adicional de un día hábil por cada año completo de servicio.
- Planificación y Acuerdo Mutuo:
Fomenta la planificación anticipada de las vacaciones. Anima a los trabajadores a comunicar con anticipación sus fechas preferidas y trata de llegar a acuerdos que beneficien tanto a la empresa como a los empleados. Recuerda que la legislación establece que, el empleador debe considerar las preferencias del trabajador al fijar las fechas de vacaciones.
- Entrega de Información por Escrito:
Proporciona toda la información relevante por escrito. Deberías informar a los trabajadores sobre las fechas confirmadas para sus vacaciones, la forma en que se calculará la remuneración durante este período y cualquier otra condición específica. Esto ayudará a evitar malentendidos y proporcionará claridad.
- Cumplir con Plazos y Formalidades:
Cumple con los plazos establecidos y las formalidades necesarias. Según la normativa, el empleador debe informar a los trabajadores sobre las fechas de sus vacaciones con al menos quince días hábiles de anticipación. Además, el pago correspondiente a las vacaciones debe realizarse antes del inicio del período de descanso.
- Registro y Documentación:
Lleva un registro adecuado de las fechas de vacaciones de cada trabajador. Mantén documentación precisa que respalde la planificación y asignación de las vacaciones. Esto será valioso en caso de cualquier disputa o para cumplir con futuras obligaciones legales o auditorías. Apoyate en las herramientas tecnológicas.
La repercusión contable.
La repercusión contable en el pago de sueldos tiene dos aspectos principales durante el período de vacaciones. En primer lugar, el sueldo se abonará íntegramente al trabajador durante su período de descanso. En segundo lugar, en caso de desvinculación, se contabilizará el saldo correspondiente hasta la fecha de la desvinculación, lo que influirá directamente en el cálculo del finiquito.
Es crucial recordar que, según la legislación, el trabajador debe cumplir un año corrido para tener derecho a 15 días de vacaciones. Se contabilizan 1,25 días por mes (con la excepción de las zonas extremas, donde se contemplan 1,6 días para un total de 20 días). Asimismo, es importante considerar que el trabajador no puede acumular más de dos períodos de vacaciones. A partir del tercer período, el empleador puede requerir al trabajador que tome sus vacaciones de manera obligatoria.
En fin, a todos y todas quienes están leyendo este artículo, recuerden que las vacaciones son más que un simple respiro y que se pueden pensar como una inversión en bienestar y productividad. En el juego de la vida laboral, cada período de descanso bien gestionado es una estrategia que nos permite escalar, pero es un derecho que se ha ganado desde una perspectiva histórica. Así que, ya sea que estén calculando días de descanso, imaginando destinos paradisíacos o disfrutando de ellos, recuerden que en la contabilidad de las vacaciones, el saldo siempre será una experiencia que suma al “haber”.