Autogestión del pago de impuestos: Su importancia y la responsabilidad

Autogestión del pago de impuestos: Su importancia y la responsabilidad

Uno de los cambios más grandes que han habido legalmente, en especial en materia de impuestos, es que actualmente con la ley 21.453 se recomienda o más bien es casi de manera obligatoria que cada contribuyente cancele de manera directa sus impuestos, algo que es un cambio de paradigma grande para muchas personas, ya que la mayoría estaba acostumbrada y asociaba estas tareas como parte de los servicios, explicitos o implicitos, de un contador, algo que vale decir que jamás debió ser de esa manera, y que hoy queremos mencionar dos puntos claves por los cuales tenemos esta manera drástica de verlo.

  • El responsable ante el SII siempre es el contribuyente: si lo vemos por un lado de responsabilidad, ante el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y la institución fiscal que corresponda, el responsable del correcto pago de impuestos siempre será el contribuyente, por mucho que él se intente excusar con un tercero, es una responsabilidad intransferible según lo que indica la ley.
  • Posibles estafas: aquí no vamos a mencionar nombres, pero hemos visto gente del rubro que han cometido fraude a sus clientes, casos tan famosos que incluso han aparecido en TV nacional, en los cuales los contribuyentes transferían el valor de sus impuestos a su contador o persona a cargo, pero este los cancelaba de manera errónea o incluso no los cancelaba, quedando la deuda en el sistema para el contribuyente.


¿Qué pasa si yo quiero que mi contador quiera seguir cancelando mis impuestos? Sin contar con los dos puntos anteriores, pondrás en riesgo a tu contador o a tu misma empresa a una posible fiscalización, esto debido a la ley 21.451, la cual indica en resumidas cuentas que los bancos le enviarán información directa al SII por cuentas corrientes con saldos y/o movimientos diarios, semanales o mensuales superiores a 1.500 UF ($52.000.000.- aproximadamente), por lo tanto aunque pienses que con tu monto a pagar no debería pasar nada, esto no es así ya que mensualmente en operaciones de empresa se puede pasar de manera fácil el valor mínimo para que el Banco o la Institución Financiera informe directamente al SII, seria arriesgar una fiscalización innecesaria.

El responsable ante el SII siempre es el contribuyente

Entonces ¿Cómo debo proceder? debes acostumbrarte, como contribuyente, e instruirte a realizar el proceso de pagos de dicho formulario, ya que siempre será tu responsabilidad, seguir los consejos que te indique tu asesor y principalmente no lo dejes para el último día, entendemos que puede ser tentador dejar el pago para el último día y utilizar esos fondos en otros items, pero ser prevenido es clave en el pago de impuestos, debes evitar multas innecesarias por errores de sistema, bancario o de conexión.

Para finalizar te queremos comentar las fechas de vencimiento, en cuanto a impuestos y leyes sociales:

Leyes Sociales: Vencimiento el 13 de cada mes a las 13:45 vía la web de Previred, atención que dependiendo del banco de pago, puede tener una fecha anterior.
Formulario 29: Vencimiento el día 20 de cada mes vía la web del SII, todo el día, si este día es día inhábil, se traslada al día hábil siguiente todo el día.