Leaseback

¿Qué es el Leaseback?  

El leaseback o venta con arriendo posterior  y su contabilización dependerá de que esencialmente se trate de un arrendamiento operativo o financiero. En la venta de un activo que posteriormente es objeto de arrendamiento financiero por el adquirente al anterior poseedor (lease back), cualquier exceso del importe obtenido en la venta sobre el valor contable del activo debe ser diferido y amortizado a lo largo del periodo de arrendamiento.

En la venta de un activo que posteriormente es objeto de arrendamiento operativo por el adquirente al anterior poseedor:

Si es evidente que la transacción se ha realizado a valor razonable, el resultado debe reconocerse de inmediato.
Si la transacción se ha realizado por debajo del valor razonable, el resultado debe reconocerse de inmediato, excepto si es compensada por rentas futuras por importe inferior al mercado, en cuyo caso debe ser amortizado a lo largo de la vigencia del contrato de arrendamiento
Si la transacción se ha realizado por encima del valor razonable, el exceso sobre dicho valor debe diferirse y ser amortizado a lo largo del periodo de uso
Si el valor razonable del activo en el momento de la transacción es menor que su valor en libros, debe reconocerse de inmediato una pérdida por la diferencia entre ambos.